CIEs. Todo lo que tienes que saber

En el post de hoy hablamos sobre los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIEs). Estos centros dependen del Ministerio del Interior y son establecimientos públicos cuyo objetivo es la custodia preventiva y cautelar de extranjeros que cometen una infracción según la normativa vigente. Sirven para garantizar su expulsión, devolución o regreso y aseguran la presencia del extranjero durante el procedimiento y ejecución de la medida que corresponda.  No tiene carácter penitenciario pero, ¿no se parecen demasiado?

En los últimos años han sido muchas las voces que han puesto en evidencia las malas condiciones en las que se encuentran los extranjeros internados en los CIEs y muchos han sido los reclamos para acabar con estos centros. La actual crisis sanitaria y social del covid-19 ha puesto sobre la mesa el debate de para qué sirven los CIEs y si realmente cumplen la función que la ley les ha asignado. Sin embargo, aún queda mucho trabajo para el fin de los mismos y para el fin de las deportaciones.

A continuación explicaremos todo lo que debes saber sobre los CIEs para defender tus derechos.

Orden de expulsión.

No podemos hablar de los CIEs sin hablar de qué es una orden de expulsión. Se trata de una resolución judicial que obliga a salir del país de forma inminente al extranjero que se encuentre irregular en España.

Para asegurar la efectiva expulsión, la normativa de extranjería contempla la posibilidad de que se le pueda incoar, al extranjero en situación administrativa irregular, un procedimiento preferente de expulsión y posterior expulsión pudiendo ingresarlo en un CIE para asegurar que la medida se lleve a cabo, máximo durante 60 días.

¿Qué pasa cuándo un extranjero sufre una detención por encontrarse en situación administrativa irregular en España?

Existen diferentes supuestos según la situación personal del extranjero extracomunitario:

Si es ascendiente, descendiente o cónyuge/pareja de hecho de un ciudadano de la UE la detención por estar irregular no llevaría a la expulsión, por lo que se iniciaría un expediente ordinario de multa. Sin embargo, si volviera a ser detenido y éste siguiera en situación irregular, en este caso sí que se podría iniciar el procedimiento de expulsión.

Si el extranjero extracomunitario se encuentra irregular y no tiene vínculos familiares con un ciudadano de la UE, desde su detención se procederá a la incoación de un procedimiento preferente de expulsión.

En la práctica profesional hemos evidenciado que se tiene en especial consideración el hecho de que el extranjero tenga vínculos con extranjeros residentes o con ciudadanos de la UE para incoar un procedimiento ordinario o preferente de expulsión.

Procedimiento preferente de expulsión. 

Cuando se procede a la incoación de un procedimiento preferente de expulsión se tiene que asignar un abogado al detenido en el plazo máximo de 8 horas. Éste puede ser o particular o de oficio.

Para la instrucción del caso, se tendrán en cuenta varios aspectos personales del detenido. Se valorará lo siguiente:

  • Si tiene arraigo familiar, laboral o social en España.
  • Si tiene antecedentes penales y policiales.
  • Si dispone de domicilio en España. 

Una vez hecha esta valoración, el Instructor determinará una de las siguientes medidas.

  1. Solicitar a la autoridad judicial el internamiento del extranjero en un CIE. 
  2. Acordar la puesta en libertad del extranjero con medidas cautelares. 
  3. Determinar la expulsión del extranjero en el plazo de 72 horas, sin necesidad de autorización judicial (siempre y cuando tenga documentación identificativa y no existan causas penales abiertas).

Cuando se acuerda internar a una persona en un CIE es porqué se han dado una serie de circunstancias que podrían dificultar la expulsión efectiva del extranjero de territorio español. El internamiento en el CIE es solicitado por el instructor (funcionario de la Policía Nacional) y el Juez confirma o deniega el ingreso. 

¿Qué podemos hacer si se decide proceder a la expulsión?

En el plazo de dos meses se puede interponer un recurso contencioso-administrativo en el que se solicite la revocación de la orden de expulsión y como medida cautelar, se puede solicitar la suspensión de la misma hasta que se resuelva. Si se desestimara el mencionado recurso, se puede interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de 15 días.

Derechos del extranjero en situación administrativa irregular internado en un CIE.

Cuando el extranjero ingresa en un CIE es obligatorio el cumplimiento de lo siguiente:

  • Debe ser asistido por un intérprete, si es necesario. 
  • Debe estar debidamente informado por escrito tanto de sus derechos como de sus obligaciones.
  • Debe estar informado del funcionamiento del CIE.
  • Inmediatamente cuando ingrese, se tendrá que informar sobre el internamiento a la persona que el extranjero escoja y también se tendrá que informar a la oficina consular del país de origen.
  • Debe estar informado sobre la posibilidad de volver a su país de origen voluntariamente, ya que puede conllevar algún beneficio.
  • Se debe garantizar en todo momento que el extranjero es respetado durante su internamiento tanto físicamente como psicológicamente.
  • Tiene derecho a ser asistido por un médico cuando sea necesario.
  • Tiene derecho a comunicarse con familiares directos 

¿Cómo podemos ayudar como abogados en los procedimientos de internamiento en un CIE?

Los abogados velaremos por el respeto de los derechos del extranjero que se encuentra en un CIE y lucharemos para que se siga el procedimiento administrativo adecuadamente. También interponemos los recursos correspondientes cuando procede y realizamos las alegaciones que sean necesarias para garantizar todos los derechos de los internos. 

Nuestro despacho es especialista en la defensa de los derechos de las personas que se encuentran en la difícil situación expuesta en este post. Contacta con nosotras, podemos ayudarte.

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